CMTE. SERGIO ANTONIO LEYVA LÓPEZ
DIRECTOR DE SEGURIDAD PÚBLICA Y TRÁNSITO MUNICIPAL
Av. Chamizal #48, Col, Miramar, La Cruz, Elota, Sin.
Tel. of. (01 696) 96 1 01 67 y (01 696) 96 1 16 18[/vc_column_text][vc_row][vc_column][vc_column_text]
Articulo 29.- Corresponde a la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal, además de las facultades genéricas de los Directores, el ejercicio de las atribuciones siguientes:
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- Diseñar, dirigir y controlar políticas en las materias de seguridad pública y tránsito municipal, de conformidad con las disposiciones juridicas aplicables, así como en lo señalado en el Plan Municipal de Desarrollo;
- Coordinar acciones de los cuerpos de seguridad pública municipal, con las de los otros órdenes de gobierno;
- Preservar la integridad, tranquilidad y seguridad de los habitantes del municipio e instrumentar el adecuado y permanente flujo vehicular, la seguridad vial y el respeto de los reglamentos que regulan la seguridad pública y el tránsito municipal;
- Mantener la seguridad y el orden público en el municipio;
- Coordinar y formular planes y programas preventivos, tendientes a evitar la comisión de probables hechos delictivos;
- Organizar y supervisar el funcionamiento de los servicios de atención a la ciudadanía, en caso de emergencias o la comisión de conductas infractoras o delictivas;
- Auxiliar, dentro del marco legal, al Ministerio Público, a las autoridades judiciales y administrativas, cuando sea requerido para ello;
- Respetar y vigilar que se respeten las disposiciones legales aplicables al municipio en las materias de seguridad pública y tránsito municipal; ·
- Operar, dirigir, organizar, controlar y supervisar el funcionamiento de la policia municipal preventiva y tránsito;
- Formular, en el ámbito de su competencia, política de participación ciudadana para el mejoramiento del desarrollo de planes y acciones Vinculadas a 181 materias de seguridad pública y tránsito;
- Elaborar y proponer los proyectos de reglamentos, decretos, convenios o acuerdos sobre los asuntos de su competencia;
- Instrumentar programas para la inducción de la educación vial en la población del municipio;
- Vincular participativamente a los elementos de seguridad púbfica y tránsito municipal en tareas de orden social;
- Presentar a los infractores de disposiciones administrativas del Bando de Policía y Buen Gobierno ante el Tribunal de Barandilla;
- Ejercer las facultades y cumplir con las obligaciones que en materia de protección civil le atribuyen las leyes, reglamentos y demás disposiciones legales aplicables;
- Integrar, coordinar y supervisar el Sistema Municipal de Protección Civil; y,
- Las demás que le confieran las leyes, reglamentos, decretos y acuerdos de cabildo o que expresamente le encomiende el Presidente Municipal.
Articulo 30.- Al titular de esta dependencia se le denominará Director de Seguridad Pública y Tránsito Municipal, quien para el despacho de los asuntos de su competencia, se auxiliará de los órganos de administración y operación que establezca el Reglamento de Policia Preventiva del municipio.
Articulo 31.- De igual manera, a la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal estarán adscritas las siguientes unidades administrativas:
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- Coordinación Municipal de Protección Civil; y,
- Departamento de Servicios Médicos Municipales.
Articulo 32.- La Coordinación Municipal de Protección Civil se regirá por lo dispuesto en la Ley General de Protección Civil, en la Ley de Protección Civil para el Estado de Sinaloa, reglamentos y demás disposiciones aplicables, así como en los acuerdos que en materia de protección civil dicten Cabildo, el Presidente Municipal y los que le instruya el Secretario del Ayuntamiento.